Opinión

Más involucrados con Zhenli Ye Gon

Mario Di Costanzo*

La Administración General de Aduanas, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) y la empresa privada Integradora de Servicios Operativos S.A. (ISOSA) deben responder en el caso del chino preso en Estados Unidos y reclamado por la justicia mexicana por diversos delitos, pues hay indicios que involucran a Zhenli Ye Gon con Francisco Gil Díaz, exsecretario de Hacienda; con la familia de Marta Sahagún, y con el director general del SAE, Luis Miguel Álvarez.

La Secretaría de la Función Pública está obligada a investigar a los hijos de Martha Sahagún en el caso de la introducción ilegal de seudoefedrina al país, realizada supuestamente por el empresario chino y naturalizado mexicano Zhenli Ye Gon.

Lo anterior en virtud de que la Aduana México, que por ley está facultada para realizar los servicios de “segundo reconocimiento aduanero”, como ISOSA, empresa privada que administraba el Derecho de Trámite Aduanero, debieron de estar al tanto de las operaciones de importación de esa sustancia al país.

Más aún, al tratarse de la introducción a territorio nacional de sustancias de circulación restringida, éstas debieron ser controladas no sólo por la Secretaria de Salud, sino también por la Procuraduría General de la República, pues se trata de insumos para la producción de drogas sintéticas.

Hay que recordar que hace ya casi dos años las explicaciones dadas por la Secretaría de Hacienda en torno al caso de la concesión de las operaciones de apoyo, control y dictamen en las aduanas (Aduna México), que supuestamente involucraron a los hijos de Martha Sahagún, resultaron absurdas e insuficientes.

Hacienda entonces debe responder por qué permitió entrar a la licitación a una empresa llamada Societe General de Sourveillance que se encontraba representada por otra empresa llamada Logistic Free Trade Zone, cuyo administrador era un exfuncionario de Aduanas, Juan Carlos López Rodríguez, quien fue inhabilitado por malos manejos en el Servicio de Administración Tributaria cuando se desempeñó en el cargo de administrador central de Investigación Aduanera, entre 2000 y 2001.

Hay que mencionar que desde entonces existió una grave violación de la Ley por parte de Gil Díaz y los funcionarios de Aduanas, incluyendo a su administrador general José Guzmán Montalvo, ya que en la convocatoria pública que hiciera la SHCP se destaca textualmente lo siguiente:

“3.- Asimismo, es de señalar que se autorizará a todas aquellas empresas que cumplan con los requisitos previstos en la Ley Aduanera por lo cual no se pretende monopolizar el servicio, sino hacerlo eficiente con empresas de reconocida probidad y experiencia en la materia.”

Luego entonces cómo pudo haber explicado la SHCP la “reconocida probidad” del administrador de la empresa que ganará la licitación.

En este mismo sentido hay que recordar que la empresa ISOSA se encargaba de llevar a cabo el procesamiento de datos de las aduanas y de recaudar el Derecho de Trámite Aduanero (DTA), y vale recordar que la Auditoria Superior de la Federación encontró graves irregularidades en la operación de esta empresa al no haber entregado casi 10 mil millones del DTA. Estas irregularidades se encuentran reportadas en los Informes de Revisión de la Cuenta Pública de 2001 y 2002, mismas que no fueron solventadas por la SHCP, que tuvo que recurrir al “llamado secreto fiduciario” para no entregar información sobre ISOSA, argumentando que esa empresa en realidad era un fideicomiso.

Finalmente, el SAE tiene que explicar ampliamente las razones que lo llevaron a sacar el dinero decomisado en la casa de Las Lomas, y supuestamente propiedad de Zhenli, en contravención de lo señalado en el artículo 182-G, del Código Federal de Procedimientos Penales, que textualmente señala lo siguiente: “La moneda nacional o extranjera que se asegure, embargue o decomise, será administrada por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, quien deberá depositarla en la Tesorería de la Federación”.

 

*Secretario de la Hacienda Pública del “gobierno legítimo”

 

 

Año V No. 55 Agosto 2007

 

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