Telecomunicaciones

Telecomunicaciones sin avance

Sin duda el sexenio del Presidente Fox será recordado como el “sexenio del cambio”, sin embargo no podrá ser recordado como el “sexenio del avance” en las distintas reformas Fiscal y Energética, sólo por mencionar las más simbólicas de los últimos cinco años de gobierno.

José Luis Benavides*

Por otro lado, hoy nos ocu- paremos de la Reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT) y la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRyT) presentada por el Diputado Federal Miguel Lucero Palma, misma que fue aprobada unánimemente por la Cámara de Diputados el 1 de diciembre de 2005 y de la cual se desprende una minuta turnada al Senado para su análisis.

Hoy ya discuten los senadores esta reforma de Lucero Palma, la cual tuve oportunidad de revisar con detenimiento, confrontándola con nuestra actual legislación y he llegado a las siguientes reflexiones:

Quisiera destacar algunas cuestiones de dicha iniciativa, como son las sinergias entre las telecomunicaciones y radiodifusión, citando el 2º párrafo de la Fracción II de las Consideraciones de las iniciativas y que a la letra dice:

 

…, la radiodifusión – es decir, el servicio que se presta mediante la propagación de ondas electromagnéticas de señales de audio o de audio y video asociado, haciendo uso, aprovechamiento o explotación de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico atribuido por el Estado precisamente a tal servicio; con el que la población puede recibir de manera directa y gratuita las señales de su emisor utilizando los dispositivos idóneos para ello –…

 

 

Aun sin contar con esta definición, hoy ya no podemos considerar la existencia de las telecomunicaciones sin la presencia de la radiodifusión y todo lo que conlleva en sí misma, ya que tan importante es el contenido como el medio por el que se transmite, sin poder cumplir su objetivo primordial uno sin el otro.

En cuanto a su estructura jurídica esta Reforma a la LFT y a la LFRyT destaca cinco grandes rubros:

 

a) Cofetel:

La convergencia tecnológica y la sociedad de la información nos han llevado a la necesidad de contar con un

“órgano regulador fuerte”, es decir, capaz de garantizar la aplicación de normas y criterios uniformes en cuestiones técnicas de su competencia, ya sea por las propias necesidades de nuestro país o por las recomendaciones internacionales emitidas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones en su Convención Preparatoria del 2003, celebrada en Ginebra.

También es digno de destacar el cambio de cuatro a cinco comisionados, incluyendo su presidente, insertando candados importantes como la Fracción I del Artículo 9-C de la Reforma, misma que dice:

 

Artículo 9-C. Los comisionados serán designados por el Titular del Ejecutivo Federal y deberán

cumplir los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;…

 

Dicha precisión se contrapone

con el Artículo 4º del Decreto de Creación de la Cofetel, ya que cierra la posibilidad de acceder a dichos cargos públicos a cualquier extranjero naturalizado.

Asimismo, los periodos de ocho años propuestos y el escalonamiento inicial de los mismos me parecen acertados ante el contexto político nacional.

Sin menoscabo de lo anterior, tendría mis reservas en la forma de elección del “Comisionado Presidente” –ya que si lo que se busca es transparencia no podemos dejar espacio a arreglos en lo obscurito para una votación mayoritaria. ¿No coincide conmigo? Es más prudente conocer desde un principio al citado funcionario y que éste tenga la facultad de proponer al Ejecutivo Federal su equipo de trabajo, bajo la premisa ya asentada de que el Senado podría objetar dichas propuestas.

 

b) Licitación pública:

Ante la necesidad de transparentar los procesos de adjudicación de Concesiones y Permisos con la finalidad de evitar la discrecionalidad con que hoy se actúa es de cabal importancia esta Reforma de Leyes.

La subasta pública contempla bases claras, Identificación de participantes, planes de negocio, proyectos de programación y producción, especificaciones técnicas y opinión favorable de la Comisión Federal de Competencia Económica, sólo por destacar los más representativos, haciéndonos suponer que el adjudicante ganador ofreció las mejores condiciones por el bien jurídico en cuestión.

Otro punto importante, es la homologación a 20 años de vigencia de concesiones y permisos.

 

b) Registro

de telecomunicaciones:

La novedad en este rubro es la inclusión del Servicio de Radiodifusión y su revisión en línea por parte del público en general, misma que contemplará entre otras cosas las tarifas mínimas, disposiciones legales, criterios del pleno, acuerdos internacionales, estadísticas y sanciones impuestas por la comisión, siendo dicha modificación necesaria en este proyecto.

 

c) Producción independiente:

Las casas productoras independientes no son algo nuevo, sin embargo estas últimas no nos pueden garantizar calidad en sus productos.

En este contexto, la propuesta señala que los concesionarios o permisionarios, que cubran con producción nacional independiente cuando menos un 20 por ciento de su programación, podrán incrementar el porcentaje de tiempo de publicidad hasta en un cinco 5 por ciento.

Dicho lo anterior, habría que hacernos algunos cuestionamientos: ¿tiene calidad dicha producción?; ¿sabemos el porcentaje actual de producción independiente que es transmitida? y ¿quienes son los beneficiarios finales del gravamen extra pretendido?

Estas preguntas deberán de ser atendidas, ya que el fondo de las mismas no es lo suficientemente claro y mucho menos incluyente ni promotor de beneficios económicos de la mayoría.

 

d) Material electoral:

En el 2006 este punto adquiere dimensiones insospechadas, ya que la incipiente democracia de nuestro país hace más que necesario el cruce de información del Instituto Federal Electoral (IFE) con los actores más importantes del sector telecomunicaciones.

La necesidad de contar con tarifas equivalentes por servicios publicitarios iguales contratados por partidos políticos o candidatos de elección popular, sin duda debe de ser del dominio público, sin embargo, el pretender que el IFE se convierta en una suerte de broker o intermediario en la contratación de tales servicios es excesivo y atenta los fines para los que fue creado, además de que sobrerregula el ámbito de su competencia y pone en entredicho la honestidad de los distintos institutos políticos que hoy coexisten en nuestro país, enviando un pésimo mensaje a los mercados internacionales.

Por último, y a manera de conclusión, la multicitada Reforma es perfectible en los puntos ya señalados en el presente artículo, pero en contraposición a su favor me parece que la misma es oportuna y convergente, pero sobre todo realista ante un escenario político tan complejo como en el que nos encontramos viviendo en el 2006 así como en los subsecuentes años, no importando quien llegue al poder.

 

*El autor es miembro del Consejo Directivo del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones, A.C.

jlbenavides@benavideslaw.com.mx

http://www.idet.org.mx

 

 

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