|
Estímulos fiscales
Claudia Villegas
Como cada año, el contribuyente deberá aprender nuevos procedimientos que implantaron las autoridades hacendarias, entre ellas las relativas a la devolución de impuestos, pero también para recibir estímulos en los sectores de agricultura, ganadero, pesquero y transportes. Nada que apasione ni promueva fuertemente la inversión y con un enfoque de largo plazo
Para administrar y decidir sobre estímulos fiscales que apoyen a los sectores productivos del país, la Ley de Ingresos, publicada por la Secretaría de Hacienda en el Diario Oficial de la Federación, dispone que se creará un Comité Interinstitucional que contará con la participación de un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, con voto de calidad; uno de la Secretaría de Economía, otro de la Secretaría de Educación Pública y uno más de la Secretaría de Hacienda.
Las reglas para la operación de este Comité Interinstitucional se deberán dar a conocer antes de marzo del próximo año. Además, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) antes del 31 de enero de 2005 emitirá las reglas necesarias para obtener la devolución de impuestos contemplados como estímulos fiscales.
La Secretaría de Hacienda también se comprometió a informar trimestralmente al Congreso de la Unión, sobre el costo que representan para el erario federal, por menor recaudación, los diversos estímulos fiscales autorizados para el próximo año.
Cabe destacar que en el quinto artículo transitorio de la Ley de Ingresos, aparece la obligación del SAT de iniciar un programa de ampliación y actualización del Registro Federal de Contribuyentes, que tendrá como objeto verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Y sobre los subsidios, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley de Ingresos, durante el ejercicio 2005 se otorgarán estímulos fiscales a los sectores agropecuario y forestal para permitir que se acredite la inversión realizada contra una cantidad equivalente al impuesto sobre el activo.
La aviación también recibirá un estimulo similar, pues se establece que los contribuyentes que se dediquen al arrendamiento de aviones podrán acreditar el impuesto al activo en materia de inversiones; sin embargo, se hace una excepción en materia de deudas.
El mismo estímulo fiscal en el impuesto al activo se aplica a las personas físicas que tributen en el régimen de pequeños contribuyentes para los efectos del Impuesto Sobre la Renta.
Los Almacenes Generales de Depósito también recibirán un estímulo fiscal en el Impuesto al Activo por los inmuebles de su propiedad que utilicen para el almacenamiento de mercancías. Asimismo, las cuentas por cobrar con organismos públicos descentralizados también se verán beneficiadas por estas medidas.
La compra de diesel por parte de contribuyentes del sector agrícola, ganadero y pesquero también recibirá beneficios fiscales mediante la acreditación del IEPS para su devolución, siempre y cuando el combustible no se utilice para automotores dedicados al transporte de pasajeros.
Asimismo, la importación de equipo y maquinaría, así como artículos de consumo en las regiones fronterizas también recibirá estímulos fiscales y subsidios.
Más impuestos a prestaciones
Las filiales de multinacionales que operan en el país y otorgan planes a sus ejecutivos para la compra de acciones tendrán la obligación de retener y enterar al fisco el Impuesto sobre la Renta, de acuerdo con las disposiciones fiscales que entran en vigor este año.
Jaime Rojas, socio de la consultoría Backer & Mckenzie, explicó en entrevista que a partir de que los planes para la compra de acciones de grandes empresas se realizan con un precio preferencial y que no existía la obligación de retener el Impuesto Sobre la Renta, la Ley de Ingresos de este año establece la participación de las empresas que operan en territorio nacional en la retención de ese gravamen.
Al explicar el alcance recaudatorio de la Ley de Ingresos aprobada por el Poder Legislativo, Rojas consideró que la reducción gradual del ISR a partir del próximo año de 30 a 33 por ciento; de 29 en el 2006 y 28 en el 2007 es un estímulo para la competitividad que se suma a la posibilidad que tendrán las empresas a partir del 2006 de deducir la participación de los trabajadores en las utilidades de la propia base del ISR.
Sin embargo, en materia de estímulos, Rojas consideró que no se incorporan apoyos de carácter fiscal que promuevan la inversión, sobre todo con un enfoque de largo plazo sino que se impulsan las acciones para diferir el efecto fiscal.
Uno de estos casos, indicó, son los desarrolladores inmobiliarios, pues ahora se determina la base para la aplicación del ISR tomando en cuenta lo que se vende y no lo que se compra y aquí lo más importante son los terrenos como inventarios o reservas territoriales.
Si la deducciones se realizan en el momento en que se venden los productos inmobiliarios, probablemente las empresas se descapitalizarían; por ello, el estímulo busca deducir el ISR en el momento que se compra; sin embargo, la ley establece que en el momento de la venta se tendrá que presentar un ajuste de 3 por ciento anual, lo que se interpreta como el cobro de un interés (Claudia Villegas).
|